Qué tener en cuenta al firmar un contrato de alquiler inmobiliario
Artículo escrito por: José Barragán
Cuando empiezas en el mundo inmobiliario descubres infinidad de cláusulas y contratos a los que debes poner mucha atención.
Y dentro de la multitud de información que podemos encontrar, debemos saber distinguir y separar cuál es importante y cuál es esencial de la que no. En este caso, te vamos a contar qué debes tener en cuenta antes de firmar un contrato de alquiler de un bien inmueble.
Y cuando se forma un acuerdo entre el dueño o propietario de la vivienda que se dispone a arrendar, y el nuevo inquilino o arrendatario del inmobiliario, hay que ponerle mucha atención a los derechos y obligaciones que se encuentran dentro del contrato que se va a firmar.
Es recomendable leer y revisar, varias veces, las cláusulas contractuales y las obligaciones que si disponen en el acuerdo entre ambas partes.
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El acuerdo debe constar por escrito para darle veracidad y un sentido legal. Cualquier pregunta que tengas acerca de algún punto o cláusula que haya introducido el propietario, no dudes en revisarla y preguntar si tienes alguna cuestión al respecto.
Es mejor tener claras las intenciones contractuales que luego se van a firmar para el alquiler del inmueble.
Si hay alguna parte del contrato que no entiendes o con la que no estés de acuerdo, no firmes. Una vez el contrato firmado no habrá vuelta atrás y se formalizará el acuerdo como oficial.
Además, si no vas a ser el único inquilino que vivirá en el bien inmueble que se pretende alquilar, lo mejor será ponerte de acuerdo con los demás inquilinos y firmar también el contrato arrendatario. De esta forma, todos como estaréis como propietarios y gozaréis de los mismos derechos y obligaciones según el contrato.
Otro punto a tener en cuenta antes de involucrarte en el alquiler, es saber quién es la persona que está detrás de la vivienda y asegurarte de que es la propietaria de dicho inmueble. Se puede comprobar fácilmente solicitando una Nota Simple en el Registro de la Propiedad.
Tanto la renta como la duración del contrato de arrendamiento son las que las partes hayáis pactado. En este sentido, se podría decir que la duración de los contratos de alquiler es libre, aunque esto no es del todo cierto.
Antes la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) recogía que si se pactaba una duración inferior a tres años, existía una prórroga del contrato hasta esos tres años que era obligatoria para el propietario y potestativa para el arrendatario.
Con el nuevo decreto Ley, que introduce algunos cambios en la Ley de Arrendamientos Urbanos, se amplía la duración de los contratos de alquiler. Ahora han pasado de tres años a cinco años.
Además de prolongarse la prórroga obligatoria, se amplía el plazo de prórroga tácita. En este caso, pasa de uno a tres años. Esto significa que, una vez terminados los primeros cinco años, el contrato será prorrogable por tres años más.
Por último, otro consejo que te damos a tener en cuenta es que revises la cédula de habitabilidad. Esto puede parecer muy obvio, pero es importante asegurarse de que cumple con las características necesarias que buscamos.
Este documento garantiza que el inmueble que vas a alquilar está en condiciones de ser ocupado. Además, la cédula es necesaria para dar de alta los suministros de electricidad, agua y gas.
Además, si el edificio donde está ubicada tu nueva vivienda de alquiler es antiguo, es aconsejable que te asegures de que las instalaciones eléctrica, de agua y de gas funcionan correctamente.
De hecho, para quedarte más tranquilo puedes incluso pedir un certificado de la revisión del gas al propietario.
Por último, revisa bien el inmobiliario y fíjate de que no exista ningún desperfecto. En el caso de que lo haya abre fotos y documéntalo para que el dueño se haga responsable de los daños.